• Manual de convivencia

    • Pacto de convivencia año 2024:

    • MANUAL DE CONVIVENCIA O PACTO DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA

       

      Por el cual se establecen los criterios y procedimientos que encaminan a todos sus miembros a una armoniosa convivencia que contribuya a mejorar la comunicación y relaciones interpersonales dentro de los diferentes procesos: académico, social, cívico, disciplinario y en general formativo integral de la comunidad educativa LA ESPERANZA DE SAN GIL.

      PRINCIPIOS DE CONVIVENCIA

      NORMAS

      Son los acuerdos básicos para la convivencia. Favorecen el desarrollo del proceso de formación de los estudiantes y contribuyen al crecimiento en valores de todos los miembros de la comunidad educativa.

      NORMAS DE CONVIVENCIA

      1. Respetar y practicar los principios y valores de la Filosofía de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA de San Gil.

      2. Demostrar cultura y talento en los compromisos donde represente la Institución.

      3. Vivenciar los actos cívicos donde se enaltecen los símbolos patrios y los de la Institución.

      4. Llevar con dignidad y decoro las insignias, símbolos y uniformes dentro y fuera de la institución.

      5. Demostrar con sus acciones el sentido de pertenencia por la institución. 

      6. Dar un trato respetuoso, amable y cordial a todos los miembros de la comunidad educativa.

      7. Llamar y/o nombrar a todas las personas por su nombre.

      8. Mantener el corte del cabello tradicional, sin líneas ni colorantes que afecten su presentación natural.

      9. Reconocer la dignidad de cada persona en el trato permanente.

      10. Valorar la opinión de los demás y hacer buen uso de la palabra.

      11. Participar activamente en las celebraciones cívicas y de expresión de la FE.

      12. Emplear un vocabulario cordial en las relaciones interpersonales.

      13. Conservar buen comportamiento dentro y fuera de la Institución.

      14. Mantener una actitud responsable y positiva frente a los procesos académicos y en las demás actividades que desarrolla el Colegio.

      15. Conservar una actitud adecuada dentro y fuera del Aula de Clase.

      16. Respetar la propiedad ajena y responsabilizarse del cuidado de las pertenencias personales.

      17. Abstenerse de traer al Colegio celulares, manos libres, audífonos y cualquier otro elemento que distraiga o interrumpa el normal funcionamiento de las clases o convivencia. (La institución no responde por la pérdida de dichas pertenencias).

      18. Es prohibido traer comida, dulces o cualquier otro articulo para vender sin la debida autorización de Rectoria.

      NORMAS PARA LA PRESENTACIÓN PERSONAL

      1. Ingresar al Colegio con el uniforme indicado según el horario establecido.

      2. El uniforme de diario de las niñas debe ser llevado de manera elegante acorde al modelo, el cabello recogido con moña blanca. También pueden utilizar diferentes accesorios sencillos y acordes (Solo de color blanco). El uniforme debe estar 5 cm por encima de la rodilla y las medias de color blanco y deben estar a 5 cm por debajo de la rodilla, el uniforme de diario de las niñas debe estar acompañado de un corbatín en terciopelo rojo.

      3. El uniforme de diario de los jóvenes debe cumplir con los siguientes requisitos:

        1. Con todos los uniformes se debe portar camisilla blanca.

        2. La camisa del uniforme es guayabera acorde al modelo y debe permanecer por fuera del pantalón, esta debe cumplir con el color y diseño preestablecidos en el plantel.

        3. El pantalón debe ser acorde al modelo y no puede ser entubado, el ancho mínimo para los jóvenes de sexto en adelante será de 20 cm. Este debe portarse a la cintura.

        4. Las medias son de color azul y no pueden ser tobilleras.

        5. La correa debe ser de cuero y de color negro.

        6. La corbata debe ser azul acorde al modelo.

      4. El uniforme de Educación Física debe cumplir con el diseño preestablecido, no puede ser entubado y para los alumnos de sexto en adelante su bota debe tener como mínimo 20 cm.

      5. Mantener hábitos de higiene y aseo personal

      6. Los uniformes deben permanecer en excelente estado y deben renovarse oportunamente.

      7. En los jóvenes el cabello debe tener un corte clásico. Cortarlo periódicamente y llevarlo siempre limpio y bien peinado. No se permiten alumnos con el cabello largo.

      8. Las Niñas no podrán traer maquillaje en el rostro ni en las uñas.

      9. Con los uniformes no se permite manillas, pirsin, collares o aretes. En las mujeres los aretes pueden ser blancos, pequeños y acordes al uniforme.

      10. El uniforme se debe portar dentro y fuera de la institución como se exige en el presente manual.

      11. NORMAS DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

      12. Un alumno puede entrar a la institución máxima 15 minutos después de la hora programada para el inicio de las actividades académicas y pierde la primera hora de clase. (Las llegadas tardes perjudican su juicio valorativo en comportamiento, ética y valores y el % estipulado en cada asignatura en responsabilidad). Si llega después de los 15 minutos establecidos para ingresar al colegio debe presentarse con el acudiente.

      13. Asistir puntualmente a las actividades académicas, extracurriculares, refuerzos y cursos remediales, siguiendo el cronograma y horario establecido por la Institución.

      14. Justificar las ausencias a las diferentes actividades. (La excusa válida para quitar fallas y/o repetir evaluaciones es la médica o la nota por escrito del acudiente que debe estar en la plataforma). El alumno que por inasistencia no presente una evaluación y/o trabajo tiene máximo una semana después de ingresar para presentarlas, o de lo contrario el docente puede colocar uno en esas actividades.

      15. Se requiere la presencia y/o la nota escrita por la plataforma del padre de familia o acudiente para autorizar la salida de la institución dentro del horario académico.

      16. Ingresar puntualmente al aula después de los descansos.

       

      NORMAS PARA EL BUEN USO Y MANTENIMIENTO DE LA PLANTA FÍSICA

      1. Cuidar y velar por la conservación de materiales y equipos

      2. Utilizar dependencias en los horarios establecidos

      3. Contribuir con el orden y aseo.

      4. En caso de daño o pérdida asumir los costos correspondientes a la reparación o reposición de los equipos, pupitres o implementos.

      5. Emplear solo implementos requeridos o instalados por la institución.

      CAPITULO I.

      DE LAS GENERALIDADES E IMAGEN CORPORATIVA.

       

      Artículo 1.  DEFINICIÓN:

      El Pacto de Convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA de San Gil, es la norma marco o carta de navegación, de los procesos de orden académico y disciplinario de la institución; producida con los aportes de cada uno de los estamentos del Colegio y consagrado como norma dentro del mismo.

      Artículo 2.  MARCO LEGAL:

      1. Constitución Política de Colombia.

      2. Ley 115 del 8 de febrero de 1994 (ley General de Educación).

      3. Ley 107 del 7 de enero de 1994 (Reglamentaria del Art. 41 de la CPC)

      4. Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994 (Reglamentario de la Ley 115/94)

      5. Decreto 0230, del 11 de febrero de 2002

      6. Decreto 1850 del 13 de agosto de 2.002

      7. Decreto 3055 del 12 de diciembre de 2002

      8. Código de la Infancia y de la Adolescencia ( Ley 1098 de Noviembre 8 de 2.006)

      9. Decreto 1290 del 6 de abril de 2009

      10. Ley 1620 de 2013

      11. SIEP “Institucional”

      12. PACTO DE CONVIVENCIA

      13. PEI “Institución”

      14. Y demás reglamentaciones internas debidamente autorizadas por las autoridades educativas internas y reglamentadas acorde a la ley y filosofía institucional.

      Artículo 3: SIMBOLOGÍA INSTITUCIONAL:

       

      HIMNO DEL COLEGIO

      I

      Constructores de amor y esperanza,

      en el mundo y en el corazón.

      Humanistas son siempre los profes

      que conviven en mi institución.

       

      II

      Enseña y aprenden conceptos,

      promoviendo social transformación

      a través de un crítico sentido

      y emprendimiento a favor de mi nación.

       

      CORO

      El estudio la más grande riqueza

      el camino para nuestra meta alcanzar.

      Vamos a gritarle al mundo con firmeza

      que nacimos para triunfar.

       

      III

      Avanzando en inglés y tecnología

      La esperanza, nuestra institución,

      se proyecta hacia el futuro

      formando alumnos con visión.

       

      IV

      Insistir, persistir nunca desistir,

      nuestro lema gritamos con honor.

      Dios mi sol, mi escudo y esperanza

      en ti pongo mi vida señor.

       

      CORO

      El estudio la más grande riqueza

      el camino para nuestra meta alcanzar.

      Vamos a gritarle al mundo con firmeza

      que nacimos para triunfar.

       

      LA BANDERA

       

       

      Se compone de tres franjas rectangulares ubicadas horizontalmente así: la franja superior de color Blanco simboliza la Paz que necesita y pide a gritos nuestro país. La segunda franja es de color rojo simboliza el rojo como color cálido, el color humano de toda la familia educativa de LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA. La tercera franja de Azul simboliza la inmensidad de nuestros valores como la inmensidad de los mares y los cielos.

      EL ESCUDO

       

      Nuestro escudo está constituido por:

      Circunferencia Amarillo: Es un color brillante, alegre, que simboliza el lujo y el cómo estar de fiesta cada día. Se asocia con la parte intelectual de la mente y la expresión de nuestros pensamientos. Es, por lo tanto, el poder de discernir y discriminar, la memoria y las ideas claras, el poder de decisión y capacidad de juzgarlo todo. También ayuda a ser organizado, a asimilar las ideas innovadoras y aporta la habilidad de ver y comprender los diferentes puntos de vista. En esta franja encontramos el Nombre de nuestra institución educativa “INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA” y el versículo de la biblia (2 Timoteo 3:16-17) que dice: 16 Toda la Escritura es inspirada por Dios, y útil para enseñar, para redargüir, para corregir, para instruir en justicia, 17 a fin de que el hombre de Dios sea perfecto, enteramente preparado para toda buena obra.

      Circunferencia Azul: el color azul es un color fresco, tranquilizante y se le asocia con la mente, a la parte más intelectual de la mente, Para nuestra institución significa los conocimientos que deseamos impartir a nuestros educandos.

      Escudo de Armas: a menudo contiene colores. Cada color tiene un significado en particular. El blanco significa paz y sinceridad. En nuestro escudo aloja y protege tres símbolos importantes en nuestra institución que son: LA HUMANIDAD, LA FE Y EL CONOCIMIENTO.

      La cruz: la cruz de Cristo es un medio poderoso para recordarnos que podemos gloriarnos en que Cristo estuvo dispuesto a sacrificarse en nuestro lugar a fin de que nosotros pudiéramos ser libres de toda culpa y disfrutáramos de nueva vida en Él.

      El mapamundi: Representa la tierra donde vivimos y por ende su humanidad, por la cual nuestra Institución educativa ha diseñado este modelo pedagógico para formar mejores hombres, mejores seres humanos y sobretodo mejores personas. Para el mañana.

      El Átomo: Representa la ciencia y el conocimiento que se adquiere en nuestras aulas de clase.

      La cinta de color marrón: aloja el eslogan de nuestra institución Educativa el cual persigue enseñar al niño a Educarse, Ser y Obrar. Al aplicar la metodología de nuestra institución que involucra a cada individuo en su autoformación. Lo que requiere un compromiso serio del padre de familia, el educando y nuestra institución.

       

      CAPITULO II

      DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN Y MATRICULA

      Artículo 4: INSCRIPCIÓN:  

      La inscripción es el acto por el cual un aspirante solicita admisión a cualquiera de los grados que ofrece la institución. El costo de dicho formulario es el 2 salarios mínimos diarios vigente. La solicitud se hace ante la Secretaría Académica y debe cumplir los siguientes requisitos:

      1.  Adquisición y diligenciamiento del formulario de inscripción, anexando:

      • Boletín de calificaciones del año inmediatamente anterior.  Si el año académico ya inició, presentar las notas del período culminado a la fecha de la solicitud.  Se debe destacar buen rendimiento académico y disciplinario.

      • Observador del alumno diligenciado por el Colegio de donde proviene.

      Artículo 5: ENTREVISTA: 

      Es el paso del proceso de selección, donde el aspirante se presenta frente al Rector, coordinador y/o Psicóloga, manifestando, en compañía de sus padres o acudientes el deseo voluntario de convertirse en miembro de esta Institución, comprometiéndose a cumplir con los mandatos de este pacto de convivencia.

      Artículo 6.: EXAMEN DE ADMISIÓN:  

      Es una prueba diagnóstica de las 5 materias básicas, donde el alumno nos refleja el nivel académico y las debilidades que tiene, esto nos permite hacer un compromiso con el acudiente para ayudar a mejorar las debilidades que traiga.  

      PARÁGRAFO 1:  Los pasos contemplados  en los Artículos 10, 11 y 12 del presente pacto de convivencia se hace por una sola vez para obtener la calidad  de  miembro  de esta comunidad educativa, que se perfecciona con la ORDEN DE MATRICULA expedida por la Rectoría,  luego de aprobar estos pasos:  Una vez obtenida tal calidad el estudiante se limita, cada año consecutivo a diligenciar solo el proceso de matrícula, con las observaciones académicas y disciplinarias  que se le hayan aplicado y luego de que Rectoría expida la respectiva orden.

      PARÁGRAFO 2: Un estudiante pierde el cupo en la institución cuando:

      • Obtenga en su comportamiento un juicio valorativo bajo

      • Repruebe el grado en el que este matriculado y obtenga un juicio valorativo bajo en comportamiento.

      • En el grado noveno tenga notas inferiores a 3.8 en las siguientes asignaturas: (Química, física, biología, matemáticas, español, ciencias sociales, ciencias naturales e inglés).

      Artículo 7: MATRÍCULA:

      La matrícula es un acto jurídico voluntario que formaliza la vinculación del aspirante admitido. Se realiza mediante un “Contrato de prestación de servicios educativos”, que podrá renovarse para cada año académico si se ha dado cabal cumplimiento a los compromisos académicos, disciplinarios y obligaciones de tipo económico contraídas.

       

      La matrícula se adelantará con la presencia de los padres de familia o acudientes y el estudiante, dentro del calendario establecido y se perfecciona con las firmas del rector, secretaria académica, estudiante y acudiente, quienes con su firma se comprometen a acatar el presente pacto de convivencia, a responder por los costos educativos y todas las normas y reglamentos internos de la institución.

      REQUISITOS DE MATRICULA

      ALUMNOS NUEVOS:

      1. Entrevista (Rectoría y/o Psicóloga)

      • Examen de admisión de las materias básicas. (Nota mínima para ingresar debe ser desempeño básico).

      • Orden de matrícula expedida por la Rectoría.

      • Registro civil de nacimiento y/o Fotocopia del documento de Identidad

      • Para los grados de segundo a quinto, certificados que cursó donde conste que aprobó el grado inmediatamente anterior.

      • Para bachillerato: certificados de calificaciones, desde quinto de primaria.

      • Certificación de comportamiento expedido por el colegio de procedencia.

      • Constancia de grupo sanguíneo. (Si tiene tarjeta de identidad no debe traer la copia solicitada)

      • Fotocopia del carnet de afiliación a una EPS (Ley 100/93).

      • ALUMNOS ANTIGUOS:

      • Boletín del grado inmediatamente anterior.

      • Paz y Salvo expedido por la tesorería y demás dependencias de la institución.

      • Orden de matrícula expedida por la Rectoría de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA.

       

      Además, firmarán el pagare, la ficha de matrículas y el acta de compromiso cuando fuere necesario.

      PARÁGRAFO: LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA de San Gil, se reserva el derecho de admisión, así mismo como a retirar de la Institución, a los estudiantes cuando incurran en las causales de que trata el presente pacto de convivencia para tal fin.

      ARTÍCULO 8: RENOVACIÓN DE MATRÍCULA:

       

      Para la renovación de la Matrícula es necesario:

       

      1. Confirmar por escrito o mediante formato institucional.  

      2. El Colegio procederá a la verificación de los requisitos académicos y comportamentales del año que finaliza para la ubicación en el Grado respectivo y/o negación de dicha renovación.

      3. Acreditar la paz y salvo por costos educativos y materiales puestos a su disposición en el año que termina.

      4. Cumplir con la totalidad de los requisitos exigidos por la secretaría del Colegio.

      5. En caso de no presentarse el día y la hora señalada para la renovación de matrícula sin justificación, el Colegio dispondrá del cupo.

       

      ARTÍCULO  9: CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA:

      El Colegio podrá dar por terminado el contrato de matrícula, en el momento en el que se compruebe cualquiera de las siguientes causales o la flagrante violación a este pacto de convivencia, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que puedan ocasionarse con la infracción de alguna de las normas estipuladas:

      1. Voluntad expresa de las partes.

      2. Terminación del año académico lectivo.

      3. No haber separado el cupo dentro de las fechas asignadas.

      4. El no pago oportuno de los deberes económicos o el no haber cancelado la totalidad de la deuda del año anterior.

      5. Incumplir con alguna de las cláusulas del contrato de matrícula, o cualquiera de las obligaciones contraídas al momento de la firma de este.

      6. Cuando por prescripción médica o psicológica, se considere inconveniente la permanencia del alumno en la Institución o que requiera para su formación de una Institución especializada.

      7. Cuando se tiene un compromiso académico o de normalización y en la comisión de promoción respectiva se verifique su incumplimiento.

      8. La reprobación de un grado, durante su permanencia en el plantel.

      9. Cuando se incumpla con las cláusulas establecidas en una resolución Rectoral de tipo académico, previa aprobación del Consejo Directivo.

      10. Por bajo rendimiento académico y/o disciplinario. (Nota promedio inferior a 3.8)

      CAPITULO III

      DE LOS ESTUDIANTES, DERECHOS Y COMPROMISOS

       

      ARTÍCULO 10: PERFIL DEL ESTUDIANTE:

      El estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA al finalizar el proceso educativo, el estudiante estará en capacidad de ser una persona competente en las áreas de: Ingles e informática aplicable a la vida diaria y podrá:

      • Estará en capacidad de laborar como traductor en cualquier de acuerdo con el nivel alcanzado en: (Hoteles, deportes extremos o guía turístico).

      • En la parte de informática tendrá las destrezas suficientes para trabajar como secretario(a), con un correcto manejo de ofimática.  

      • Tomar decisiones autónomas, responsables y trascendentes.

      • Ser creativo, justo, leal, honesto, responsable, solidario, productivo, equilibrado, amoroso, comprometido, respetuoso y capaz.

      • Un ciudadano ético y democrático consciente de la situación social, política, religiosa y económica de nuestra región y país.

      • Una persona cuidadosa de su presentación personal, aceptándose tal como es, con sus cualidades y limitaciones.

      • Alguien con aspiraciones que le permitan continuar con su formación profesional.

      ARTÍCULO 11: DERECHOS DEL ESTUDIANTE:

      Los estudiantes de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA de San Gil tienen los siguientes derechos:

      1. Recibir una educación y formación integral y cultural de calidad, basada en la Constitución Política Colombiana, en los principios filosóficos y pedagógicos de la Institución y en los programas del Ministerio de Educación Nacional.

      2. Recibir tratamiento respetuoso de todos los miembros de la Comunidad Educativa de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA.

      3. Ser respetado en su integridad física, moral y social; a su intimidad personal, familiar y buen nombre.

      4. Ser respetado en sus principios ideológicos, siempre que sean ejercidos con decoro, respeto y consideración en la institución, con sus superiores y compañeros.

      5. A la libertad de conciencia religiosa responsablemente para proteger la moral y los derechos de terceros.

      6. A expresar libre y responsablemente la opinión y pensamiento sobre problemas, enunciando críticas constructivas, siguiendo canales regulares de comunicación.

      7. A Utilizar adecuadamente las instalaciones, materiales y ayudas pedagógicas de la Institución.

      8. A no ser discriminado por razón de raza, idioma, sexo, religión, impedimento físico, opinión política, nacionalidad, posición social y económica.

      9. Portar adecuadamente los uniformes de diario, de educación física y de gala, que lo identifiquen como estudiante de esta institución educativa.

      10. A que me proporcionen medios que faciliten y fortalezcan las mejores relaciones humanas de la institución y la familia.

      11. A ausentarse de la institución en caso de enfermedad o calamidad doméstica, presentando la excusa correspondiente o en su defecto presentarse el acudiente.

      12.  A que los Padres de familia o representante legal acuda(n) a todos los llamados que haga la institución para beneficio de la formación integral y moral.

      13. A recibir todas las clases programadas en el horario, incluyendo las evaluaciones, siempre y cuando ningún tipo de sanción lo impida.

      14. A conocer los resultados de las evaluaciones antes de cualquier toma de decisión con el fin de identificar los logros y limitaciones.

      15.  A autoevaluarse junto con el docente para que el proceso educativo sea completo, humano y justo.

      16.  A ser escuchado en sus propuestas y sugerencias por la autoridad competente, siempre y cuando estos sean justos y presentados en forma correcta y a obtener siempre una respuesta.

      17. A recibir refuerzos y cursos remediales para mejorar el rendimiento académico. (Según el proceso académico y formativo)

      18. A participar y asistir a las actividades curriculares y extracurriculares, que se desarrollen a nivel institucional e interinstitucional.

      19. A elegir y a ser elegido para consejo estudiantil, personerito, personero y contralor escolar.

      20. A inscribirse y hacer parte de las actividades culturales tendientes a coadyuvar al enriquecimiento personal y proyección a la comunidad, tales como: actividades deportivas, grupos juveniles, danzas, tunas, teatro, periodismo, programas de salud, alfabetización, comités, etc.

      21. A recibir un debido proceso en situaciones que ameriten correctivos.

      22. A que se concedan permisos especiales, para realizar actividades culturales y deportivas a nombre del Colegio y a que se programen las actividades académicas dejadas de recibir por tales permisos siempre y cuando lleven la aprobación de la Rectoría.

      23. A ser atendido oportunamente y con eficiencia en la solicitud de certificados y demás documentos. (Para el presente caso la secretaria académica de la institución tiene un plazo máximo de 15 días hábiles para entregar los documentos solicitados).

      24. A solicitar información sobre legislación escolar, planes y programas de estudios y demás actividades complementarias.,

      25. A recibir apoyo para la realización de proyectos artísticos, científicos, culturales y deportivos.

      26. A representar al Colegio en eventos locales, seccionales, nacionales e internacionales, Siempre y cuando los recursos sean posibles.

      27. A conocer y disfrutar de los deberes y Derechos del Menor contemplados en el Código de la Infancia y Adolescencia.

      28. A recibir una orientación clara y oportuna para aclarar dudas acerca del Pacto de Convivencia del Plantel.

      29. A ser tenidos en cuenta para los estímulos que ofrece el Colegio en los casos que sea merecedor de los mismos.

      ARTÍCULO 12: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:

      Los estudiantes de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA tienen los siguientes compromisos:

      1. Asistir puntualmente a todas las actividades escolares, las cuales inician y terminan según el horario establecido para cada caso.

      2. Ser amable y respetuoso en el trato con sus superiores, empleados y compañeros. Respetar las ideas ajenas y crear ambientes de diálogo como medio racional para solucionar problemas.

      3. Responsabilidad total en el proceso de autoformación, asumiendo como persona sus actos y las consecuencias de estos. Emplear en toda ocasión, lugar y circunstancia un lenguaje adecuado y cortés acompañado de actitudes y modales cultos, respetando las intervenciones, preguntas, opiniones y aclaraciones de toda la comunidad educativa.

      4. Hacer uso del conducto regular (profesor de la asignatura, director de grupo, coordinador, rectoría, consejo académico o directivo según sea el caso).

      5. Establecer con los maestros una relación armoniosa mediada por el respeto y el afecto.

      6. Se prohíbe fumar, consumir y/o vender bebidas alcohólicas, drogas que produzcan dependencia dentro o fuera de la institución mientras porte los uniformes del colegio.

      7. Brindar trato cordial, respetar la integridad física de los demás sin intimidar. Amenazar o ridiculizar.

      8. Abstenerse de pertenecer a pandillas, sectas satánicas o grupos que lesionen a los demás.

      9. Reforzar el conocimiento adquirido en el aula de clase considerando que la actividad de esta no lo es todo.

      10. Abstenerse de fomentar, incitar e involucrar compañeros en desórdenes de clase y demás actividades que rompan las normas internas.

      11. Cuidar todos los bienes del Colegio tanto muebles como inmuebles y darle el mejor tratamiento y uso para los cuales fueron adquiridos, debiendo responder económicamente por los daños causados y disciplinariamente cuando sean ocasionados en acto arbitrario o mal intencionado.

      12. Respetar los haberes y pertenencias de la comunidad educativa evitando tomarlas sin su debido consentimiento; y entregar en Coordinación y/ Rectoría los objetos u dineros encontrados.

      13. Representar dignamente a la Institución en cualquier actividad cultural, académica o deportiva que se programe o invite.

      14. Profesar el debido respeto por la integridad física de los miembros de la comunidad educativa, por lo tanto, es prohibido el porte y utilización de armas de fuego, corto punzantes o cualquier otro elemento que pueda causar daños dentro o fuera de la institución.

      15. Actuar con honestidad y veracidad en la presentación de permisos, evaluaciones, excusas y demás documentos.

      16. Llegar puntualmente al Colegio y a cada una de las horas de clase o actividades programadas.

      17. Comunicar a sus padres y acudientes las disposiciones, actividades, circulares, citaciones que el colegio promulgue.

      18. Las mujeres podrán llevar aretes o candongas pequeñas que estén acordes con el uniforme; No se permite el uso de maquillaje y esmalte debe ser transparente. El cabello debe permanecer recogido con accesorio blanco. (No se permite el uso de piercing, gorras, cachuchas, gafas o similares).

      19. Los hombres llevarán corte de cabello clásico, es decir corto y su color natural, no se usarán objetos o accesorios ajenos a la indumentaria escolar (No se permite el uso de aretes, piercing, gorras, cachuchas, gafas o similares).

      20. Presentarse al Colegio en perfecto aseo corporal, prestando debida atención a la higiene bucal, aseo del cabello, uñas; ropa interior y exterior en impecable aseo.

      21. Diferenciar claramente el concepto de la libertad ante otros conceptos que desdibujen su verdadero sentido.

      22. Hacer uso adecuado de los sanitarios y orinales, evitando el desperdicio de agua, desaseo, taponamiento de desagües o tuberías y evitar la escritura de grafitis o mensajes en las paredes y puertas de estos.

      23. Comunicar por la plataforma educativa toda inasistencia a clase y adjuntar el soporte si es médico. sólo la enfermedad comprobada con certificado médico o la calamidad doméstica, son razones válidas para presentar las evaluaciones o trabajos dejados de presentar por la inasistencia. (Solo tiene una semana después de ingresar para presentar estas evaluaciones o trabajos, si no lo hace el docente colocara uno en esa actividad.

      24. El estudiante debe asistir a todas y a cada una de las clases y actividades programadas por la institución.  Se pierde una asignatura en un periodo cuando el número de inasistencias en total supere el 10 % de I.H. por periodo. (Si se pierde en definitiva por fallas no se puede recuperar). La nota máxima que un alumno puede tener cuando pierda por fallas es 3.0 (Tres).

      25. Asistir a todas las programaciones de recuperaciones y/o cursos remediales establecidos por la institución.

      26. Acudir a las actividades curriculares que programe el Colegio como convivencias, conferencias, jornadas deportivas, culturales, académicas y todas aquellas que sean necesarias para la formación integral del estudiante.

      27. Colaborar en la organización y realización de eventos deportivos, culturales y sociales que lleve a cabo el Colegio.

      28. Conservar el debido orden y comportamiento durante las clases, evitando al máximo ser motivo de distracciones de sus compañeros con ruidos, imitaciones, sonidos, acciones y conversaciones fuera de lugar que puedan alterar el normal desarrollo de estas.

      29. No realizar ningún tipo de rifas personales, ni vender ninguna clase de artículos dentro de la Institución; sin la debida autorización.

      30. Mantener un buen comportamiento en el Colegio y fuera de él, de acuerdo con los principios humanos, éticos y cristianos.

      31. Practicar la urbanidad y los buenos modales.

      32. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.

      33. Llevar y entregar oportunamente a sus padres y/o acudientes toda información que sea enviada por el Colegio y regresar los desprendibles debidamente firmados por ellos, dentro del plazo estipulado.

      34. Respetar y valorar el trabajo de todos sus compañeros y de los empleados de la Institución.

      35. Entregar a la Coordinación y/o Rectoría todo objeto que encuentre y que no le pertenezca.

      36. Respetar, defender y cuidar el buen nombre del Colegio, procurando expresarse con cariño y lealtad.

      37. Ser honesto en todas las manifestaciones de su vida escolar y cotidiana.

      38. Portar adecuadamente y en todo momento el respectivo uniforme de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA, en cada una de sus prendas, las cuales se definen por el modelo escogido oportunamente, sin usar accesorios adicionales, así:

        1. Niñas Uniforme de Diario: Uniforme según modelo (debe portarse a 5cm por encima de la rodilla), media blanca, por debajo de la rodilla 5 cm, zapatos negros Mafalda. El uniforme de diario debe estar acompañado de un corbatín en cinta de terciopelo rojo y un accesorio blanco para recoger el cabello.

        2. Niñas Uniforme de Gala: según modelo, media blanca por debajo de la rodilla 5 cm, zapatos negros Mafalda, cinta de terciopelo rojo para corbatín y un accesorio blanco para recoger el cabello.

        3. Hombres Uniforme de Diario: Diseño según modelo, medias largas azules, camisetilla blanca, guayabera blanca, zapatos negros de material y correa negra.

        4. Hombres Uniforme de Gala: Diseño según modelo, medias largas azules, camisetilla blanca, zapatos negros de material, corbata según modelo y correa negra.

        5. Uniforme de Educación Física: Diseño según modelo (el pantalón sin entubar), medias negras media caña y tenis negros según modelo exhibido en la institución.

      PARÁGRAFO 1: Las prendas que no formen parte del uniforme se decomisarán por los docentes.

      PARÁGRAFO 2: El Colegio no responde por la pérdida o extravío de elementos como celulares, walkmans, Apple, portátiles, videocámaras, etc., y demás equipos que no son necesarios para el desarrollo académico.   Cuando el uso de estos elementos interfiera en las clases serán decomisados y se entregaran únicamente al acudiente en la entrega de boletines del periodo respectivo.

       

      ARTÍCULO 13: ESTÍMULOS:

      Merecen estímulo los alumnos que presenten grandes logros en los siguientes ámbitos:

        • Comporta mental.

        • Académico.

        • Deportivo.

        • Promoción científica.

        • Promoción literaria y cultural

        • Mejor bachiller en las pruebas ICFES.

      Y serán los siguientes:

      1. Reconocimientos orales y escritos.

      2. Mejor promedio en primaria y bachillerato cada periodo 100% del valor de la pensión si está a paz y salvo.

      3. Izadas de bandera.

      4. Cuadro de honor.

      5. Menciones honoríficas: “Mérito”

      6. Otorgamiento de la “Banda Excelencia” al mejor bachiller en toda su integridad.

      7. Reconocimiento académico.

      8. Salidas pedagógicas.

      9. Asistencia a seminarios y eventos especiales.

      10. Ser nombrado vocero del grupo y monitor de las diferentes áreas o materias.

      11. Una invitación de parte de la Institución a los 3 mejores alumnos por grado y por periodo.

       

      CAPITULO V

       

      PERFIL, DEBERES Y COMPROMISOS DE LOS PADRES

      ARTÍCULO 19. PERFIL

      • El perfil del padre de familia debe caracterizarse por su compromiso con la institución educativa LA ESPERANZA en el ámbito institucional y pedagógico.

      • Padres que brinden estabilidad emocional, física y mental a sus hijos.

      • Padres que apoyen el pacto de convivencia en pro del desarrollo integral del alumno.

      ARTÍCULO 20. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

      Los padres de familia son los primeros educadores de sus hijos, con su colaboración llegaremos a establecer el proceso en el desarrollo integral de los estudiantes por lo tanto tienen los siguientes compromisos que cumplir:

      1. Colaborar con el colegio en el proceso formativo de sus hijos, apoyando a directivos y profesores en sus políticas, estrategias y programas educativos.

      2. Cumplir con las disposiciones establecidas en el pacto de convivencia para contribuir al logro de los objetivos de la institución

      3. Tratar respetuosamente a todos los miembros de la comunidad educativa

      4. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y/o extraordinarias citadas por directivos, docentes, y otras autoridades educativas de la institución

      5. Cumplir oportunamente con las obligaciones económicas ordinarias y extraordinarias de acuerdo con sus reglamentaciones.

      6.  Crear un ambiente sano y saludable en el hogar para que sus hijos puedan desarrollar las actividades de formación como complemento del trabajo escolar; evitando el castigo físico y la agresión verbal estimulando el desarrollo solidario, afectivo, intelectual, moral, social, material y humano.

      7. Conocer y utilizar correctamente los canales de comunicación y conductos regulares al dirigirse a los diferentes estamentos de la institución.

      8. Proporcionar los elementos necesarios para que el estudiante pueda desempeñar sus labores escolares.

      9. Apoyar actividades de carácter deportivo, artístico y cultural que complemente la educación escolar y que favorezca en el empleo de tiempo libre.

      10. En caso de inasistencia de los estudiantes, deben enviar la excusa por la página institucional y si ha ido al médico adjuntar la respectiva incapacidad médica.

      11. Fomentar en sus hijos el respeto, afecto y gratitud por la Institución y sus emblemas.

      12. Participar activamente en las actividades programadas por la institución.

      13. Diligenciar con su hijo la matrícula en los días señalados presentando todos los documentos exigidos previamente según el proceso creado para tal fin.

      14. Evitar que sus hijos traigan al colegio elementos diferentes a los materiales escolares. La institución no responde por pérdida de joyas, discman, celulares etc.

      15. Dar a conocer en forma oportuna a quien corresponda problemas comportamentales observados en sus hijos u otros estudiantes para que reciban ayuda adecuada en el colegio.

      16. Reportar oportunamente a la secretaría académica los cambios de dirección de residencia y número telefónico.

       

      PARÁGRAFO: Cuando el boletín del informe académico no sea reclamado en las fechas establecidas, deben establecer una cita con el director de grupo el día y la hora que él pueda atenderlos.  Solo hasta este momento su hijo puede entrar a clases.  Se entiende que dicha imposibilidad de asistir a clases es originada por el no cumplimiento de las obligaciones por los padres de familia.

      ARTÍCULO 21. ESTÍMULOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

      1. Representar al colegio en las diferentes actividades programadas donde la institución sea homenajeada por el buen cumplimiento y desempeño de las actividades realizadas.

      2. Desempeñar cargos representativos en la institución cuando lo amerite la ocasión como una reunión de padres de familia una charla con los estudiantes o la preparación de eventos que el colegio estipule en el cronograma de actividades

      3. Otorgamientos de menciones de honor, notas escritas especiales y condecoraciones por sus méritos obtenidos por su vinculación positiva a la institución.

      4. Jornada de integración de la familia destacando las diferentes labores realizados en el proceso y cumplimiento de los objetivos propuestos por la institución

      CAPITULO VI

      DE LAS FALTAS A LOS DEBERES ESCOLARES Y EL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO

       

      ARTÍCULO 22: SE CONSIDERAN FALTAS:

      las acciones que por omisión o por el hecho, afectan los ideales y los principios que se han establecido dentro de la Filosofía del Colegio en procura de un ambiente armónico que garantice el bienestar común.

      Las faltas se clasifican como leves o graves; teniendo en cuenta la naturaleza de la falta, el perjuicio causado, la edad y la presencia de agravantes y/o atenuantes.

      El hecho de asumir que no se conoce el Pacto De Convivencia no lo exonera de la responsabilidad.

      PARÁGRAFO 1: Se consideran como circunstancias atenuantes las siguientes:

      1. El buen comportamiento previo a la falta

      1. Reconocimiento del error.

      PARÁGRAFO 2: Se consideran como circunstancias agravantes las siguientes:

      1. La reincidencia en la falta a las normas del PACTO DE CONVIVENCIA.

      2. La comisión del hecho con complicidad de otros estudiantes.

      3. El aprovechamiento de la confianza del docente, personal administrativo o demás miembros de la comunidad.

      ARTÍCULO 23: FALTAS LEVES

      Estas faltas afectan el comportamiento al finalizar cada periodo y además si es el caso debe responder por los daños ocasionados.

      1. No llegar a la formación.

      2. Portar mal o incompleto el uniforme dentro y/o fuera del Colegio.

      3. Dañar uniformes y útiles escolares a los compañeros.

      4. Sustraer o retener elementos que no sean de su propiedad o ser cómplice de la falta.

      5. Tomar abusivamente el refrigerio del compañero y/o desperdiciarlo.

      6. Adelantar y participar en juegos bruscos y peligrosos con sus compañeros.

      7. Utilizar vocabulario soez o manifestaciones morbosas.

      8. Uso de sobrenombres o de expresiones irrespetuosas a cualquier miembro de la comunidad educativa.

      9. Promover o participar en actos de desorden que entorpezcan las actividades educativas curriculares y extracurriculares.

      10. Realizar actividades diferentes a las asignadas en clase.

      11. Consumir alimentos y masticar chicle en clase, en las actividades curriculares y extracurriculares programadas por la Institución.

      12. Interrumpir las actividades académicas, afectando el proceso de enseñanza aprendizaje, desconociendo llamados de atención que le formula el responsable del Proceso.

      13. Utilizar Internet para entrar a páginas no autorizadas.

      14. Realizar negocios, trueques o rifas sin autorización dentro de la Institución.

      15. Dejar envases, desechables o basuras fuera del lugar adecuado.

      16. El incumplimiento en el aseo del salón o de cualquier otro lugar del Colegio.

      17. incumplimiento en las normas de higiene y de aseo personal (expulsión gases, etc.).

      18. Portar accesorios extravagantes, piercings, manillas y tatuajes.

      19. No mantener el corte de cabello bajo, emplear estilos extravagantes en el corte, color y peinado del cabello

      20. Los juegos de azar dentro y fuera del aula de clase.

      21. Permanecer en el aula de clase durante el tiempo destinado para el descanso.

      22. Portar audífonos dentro o fuera de clase (estos se quitarán y serán entregados en la entrega de boletines)

      23. Comprar comida (fuera del establecimiento) teniendo servicio de cafetería en la institución.

      24. Utilizar los celulares, tables, portátiles dentro de la institución educativa, reproductores de audio y cualquier elemento electrónico que entorpezcan las actividades educativas curriculares y extracurriculares, sin la debida autorización. Serán decomisados hasta el día de la entrega de boletines.

      25. Sentarse en las escaleras frente al colegio.

      26. Indisciplina en clase

       

      Estas faltas afectan el proceso académico y la nota de responsabilidad que tiene cada asignatura.

      1. Hacer fraude en cualquier tipo de evaluación, el alumno que sea sorprendido incurriendo en esta falta se le anulara la evaluación.

      2. No traer materiales para trabajar en clase.

      3. No traer el cuaderno y mantenerlo atrasado.

      4. No trabajar en clase.

      5. Llegar tarde al salón de clase

      6. No traer los trabajos y/o talleres

      Parágrafo 1: La existencia de tres amonestaciones escritas en el Observador, por faltas leves iguales o diferentes, constituye una falta que amerita tres días de sus pensión. Además, rebaja en comportamiento y ética y valores. (Por cada anotación se le restara 2 décimas en comportamiento y en ética y valores).

      Parágrafo 2: Los docentes de cada asignatura podrán suspender hasta por una semana de sus clases, a los infractores del artículo 23, siempre y cuando cumpla el siguiente procedimiento:

      • Haga un llamado de atención verbal y dejar la evidencia en la plataforma educativa.

      • Haga un llamado de atención por escrito y deje la evidencia en la plataforma educativa.

      • Suspende hasta por una semana al alumno de su clase. (Para ingresar el alumno nuevamente a clase debe presentar el compromiso por escrito al docente y este debe estar firmado por el acudiente con cedula y número telefónico para constatar dicha firma).

      ARTÍCULO 24: FALTAS GRAVES

      1. La mala utilización del uniforme en bares, billares o lugares y/o en circunstancias no adecuadas, como peleas u otras actividades que atenten contra el buen nombre de la institución. (Se suspenderá por tres días y si es reincidente se procederá a registrar la matricula condicional y si persiste se enviara al alumno a clases semi presenciales)

      2. Permanecer fuera del aula de clase o llegar después que el docente este en el salón sin autorización (no se le permite entrar a clase, tiene la falla y si hay evaluación no se repetirá).

      3. La amenaza, la intimidación, chantaje, el soborno dentro o fuera del colegio. (se firmará acta de compromiso y se suspenderá de las clases del docente durante una semana).

      4. Tomar objetos sin autorización de su dueño o esconder elementos de trabajo o cualquier otro objeto de sus compañeros. (se firmará acta de compromiso con el acudiente y si reincide será desescolarizado).

      5. Maltrato físico o verbal a docentes y cualquier miembro de la comunidad educativa dentro o fuera de la institución. (Dependiendo de la gravedad de la falta el Comité de Convivencia tomara la determinación de aplicar una de las siguientes sanciones: 1. Matricula de ayuda y seguimiento. 2. Desescolarizar 3. Expulsión). Siempre en casos graves se debe informar al comité de convivencia municipal, policía de infancia y adolescencia para tomar una determinación acorde a la gravedad.

      6. Irrespeto a cualquier integrante de la comunidad educativa (estudiante, docente, administrativo, padre de familia). (Primera vez matricula de ayuda y seguimiento y si reincide el alumno será desescolarizado).

      7. Responder en forma altanera e irrespetuosa a los llamados de atención hechos por el docente o directivo docente.

      8. Introducir al Colegio libros, folletos, revistas y otros medios de divulgación pornográfica, revolucionaria o que atenten contra la moral pública.

      9. El porte de armas de fuego, de juguete, armas blancas, punzantes, corto punzantes o elementos químicos, o similares que inciten u ocasionen daño a los demás. (Serán reportados a la policía de infancia y adolescencia)

      10. Portar, consumir, traficar o invitar al consumo de cigarrillos, licores, drogas o cualquier clase de alucinógenos o similares. (Decreto 1108. artículo 10 mayo 31 de 1994). (Serán reportados a la policía de infancia y adolescencia)

      11. Presentarse al Colegio bajo los efectos de sustancias alcohólicas o alucinógenas. (Serán reportados a la policía de infancia y adolescencia)

      12. Faltar reiteradamente sin justa causa a las actividades académicas y a las especiales como convivencias, jornadas deportivas, actos cívicos, religiosos, culturales o deportivos que programe la institución.

      13. Manifestar con sus actitudes, desconocimiento por la autoridad docente o de la persona que lo está orientando en su proceso.

      14. Abandonar el plantel durante la jornada académica sin el permiso respectivo.

      15. Usar celulares, walkman, radio, discman, MP3 o cualquier otro objeto de distracción, dentro de actividades académicas o comunitarias. (se les quitaran y se entregan al finalizar el periodo académico)

      16. El fraude y/o plagio en evaluaciones y trabajos a través de cualquier mecanismo.

      17. Engaño, falsificación o suplantación en los procesos de aprendizaje y de participación democrática de los estudiantes.

      18. Dañar bienes muebles y enseres de la institución. (Responderán económicamente)

      19. El daño a la planta física, rayar pupitres, hacer dibujos, grafitis u ocasionar otros daños voluntarios en carteleras, paredes, puertas o ventanas o en bienes de profesores o personal de la institución. (Responderán económicamente)

      20. Desarrollar acciones en contra de la preservación del medio ambiente, no hacer reciclaje, malgastar recursos energéticos y agua, no cuidar las zonas verdes del Colegio.

      21. Desconocer el conducto regular como medio para solucionar problemas.

      22. Ocultar, retener información referidas a faltas o encubrirlas.

      23. La alteración de documentos o el uso de documentos de identificación ajenos.

      24. Interferencia o entorpecimiento de las investigaciones adelantadas por las autoridades del plantel.

      25. Las expresiones de intimidad de la pareja, dentro y fuera de la institución portando el uniforme.

      26. Ingresar o salir de la institución por lugares diferentes a la portería.

      27. Las actuaciones dentro y fuera de la institución que perjudique gravemente la buena imagen de la misma. (“...en el evento en que la conducta externa del estudiante tenga alguna Proyección e injerencia grave que directa o indirectamente afecte la comunidad educativa” Corte Constitucional – agosto 31 de 1999).

      28. Presentar un acudiente no autorizado por el Padre de Familia.

      29. Participar en ritos o grupos satánicos y/o pandillas callejeras.

      30. Traer o involucrarse con personas ajenas a la Institución que puedan afectar la integridad de los miembros de la Comunidad Educativa.

      31. Cualquier situación que afecte el buen nombre de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA de San Gil, como consecuencia de actitudes que van contra las normas que permiten vivir en sociedad.

      32. Ser sujeto en procesos penales o investigaciones de carácter judicial y/o policivo.

      33. El incumplimiento o desacato de las normas y principios de Convivencia adoptados por el Colegio.

      34. Todas las demás conductas que perjudiquen dificulten o alteren el desarrollo de las actividades del establecimiento educativo.

      35. Igualmente, cualquier violación al Código de la Infancia y la Adolescencia, Código Penal Colombiano y a las Leyes de la República; su conocimiento y sanción estará a cargo de los órganos competentes.

      PARÁGRAFO 1: Todo acto delictivo debe ponerse en conocimiento de la Comisaría de Familia, o demás autoridades competentes.

      PARÁGRAFO 2: Con la entrada en vigor del sistema de responsabilidad penal para adolescentes que cobija a los menores de edad dentro del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de noviembre de 2006), el Colegio remitirá a la instancia competente al alumno que presuntamente está implicado en un hecho contemplado en la presente Ley.

       

      PROCEDIMIENTOS GENERALES

      En los procesos de comportamiento y/o académicos es necesario seguir un conducto regular con el fin de generar estrategias para propiciar soluciones.

      ARTÍCULO 25: CONDUCTO REGULAR

      Las instancias a las cuales se puede recurrir según la necesidad son las siguientes:

      • El Docente

      • El Director de Grupo

      • El Coordinador

      • El Rector 

      • Comité de convivencia escolar (Si la falta es disciplinaria y/o exclusión)

      • El Consejo Académico (Si el problema es académico)

      • El Consejo Directivo (Ultima instancia en el caso de indisciplina y expulsiones)

       

      En cada instancia del Conducto regular se sigue un proceso de diálogo, concertación y compromiso, consignado y firmado por quienes participan en la situación. De todas formas, la máxima autoridad de la institución es el Consejo Directivo.

      Parágrafo 1: Las sanciones están clasificadas de acuerdo con su gravedad así:

      1. Llamado de atención verbal

      2. Llamado de atención por escrito (se realiza por la plataforma educativa y es responsabilidad del acudiente tenerla instalada y estar pendiente de la información emitida por el colegio.)

      3. Suspensión por horas de clase (Dentro del colegio)

      4. Suspensión de un día (Dentro del colegio, el alumno realizara diferentes actividades)

      5. Suspensión de tres días (Extramuros)

      6. Suspensión de ocho días (Extramuros)

      7. Matricula de ayuda y seguimiento (Condicional)

      8. Desescolarización (si está en el cuarto periodo y aún tiene oportunidad de aprobar el año académico).

      9. Cancelación de la matricula

       

      Parágrafo 2. Toda suspensión acarrea la perdida de las evaluaciones, trabajos, talleres, etc., que los docentes realicen durante dicha suspensión, es responsabilidad del acudiente y del alumno ponerse al día en los temas vistos.

      PROCEDIMIENTOS PARA SITUACIONES ESPECIALES

      ARTÍCULO 26: HORARIO ACADÉMICO:

      • Hora de entrada en la mañana de 6:10 a 6:40 am (Primaria y Bachillerato)

      • Hora de entrada en la mañana de 7:30 a 8:00 am (Prejardín, jardín y transición)

      • Hora de salida en la mañana 12:000 m

      • Hora de entrada en la tarde 1:45 pm (primaria y secundaria)

      • Hora de salida en la tarde 5:30 pm. (Prejardín, jardín, transición, Primaria, Básica y media) de lunes a viernes.

       

      ARTÍCULO 27: AUSENCIAS

      • La acumulación de faltas injustificadas a clase afectará el proceso académico cuando sea igual o superior al 10% de la intensidad horaria de la asignatura por periodo, quien pierda por fallas no podrá recuperar la asignatura.

      • El Padre de Familia o Acudiente debe reportar por la plataforma institucional la excusa respectiva y adjuntar el soporte

      • Para que un Estudiante pueda ausentarse del Colegio en horas de clase, el Padre de familia o acudiente debe enviar por la plataforma la autorización respectiva.

      • El Padre de familia asume la responsabilidad de los procesos académicos en caso de solicitar la ausencia de su hijo para situaciones especiales. Para ello deberá enviar el compromiso por la plataforma.

      ARTÍCULO 28: RETARDOS

      • La llegada tarde máximo 15 minutos de un estudiante a la Institución implica la pérdida de la primera hora de clase y esto incide en su proceso académico y disciplinario.

      • Acumulados dos retardos al ingreso del Colegio, el acudiente debe presentarse con el alumno para poder ingresar a clases y firmar un compromiso.

      • Ante la reincidencia en esta falta, al estudiante se le hará firma un compromiso con su acudiente en rectoría y si no lo cumple será desescolarizado.  El no cumplir con los compromisos de desescolarización será entregado a su acudienteretirado formal mente del plantel.

      • La acumulación de fallas por retardos al ingreso a clase, después de los descansos o en cambios de clase incidirá en el juicio valorativo del comportamiento del periodo. Y si hay evaluaciones en dicha clase no se repetirá y por consiguiente pierde en “uno” dichas evaluaciones o Quiz.

      • Si un alumno pierde por fallas una asignatura se le puede colocar en el periodo respectivo una nota de 3.0 como máximo.

       

      ARTÍCULO 29: DAÑOS AL MOBILIARIO Y PLANTA FÍSICA

      Si por algún motivo el estudiante causa daño en el mobiliario o en la planta física o en los enseres de sus compañeros o docentes, le corresponde.

      • Informar al Director de Grupo y al Coordinador

      • Responder por el valor del daño.

      • Cuando el daño haya sido causado a los enseres de los compañeros el estudiante debe concertar la manera de responder por el hecho, con la asesoría del docente de turno, coordinador y/o rectoría.

      • El no responder por los daños ocasionados, autoriza a la rectoría a cobrar por medio de la factura del servicio educativo y será tenido en cuenta para no expedir paz y salvo.

      ARTÍCULO 30: PRESENTACIÓN PERSONAL

      • El porte inadecuado del uniforme incidirá en el comportamiento.

      • Acumulados dos llamados de atención por porte inadecuado del uniforme dentro o fuera de la institución, el acudiente debe presentarse con el alumno para poder ingresar a clases en la próxima jornada académica y firmar un compromiso.

      • Ante la reincidencia en esta falta, al estudiante se le firmará matricula de ayuda y seguimiento y si reincide será desescolarizado. El reincidir será excluido de la institución educativa.

       

      ARTÍCULO: 31 DEBIDO PROCESO PARA ORIENTAR LAS FALTAS:

      En los procesos de comportamiento y/o académicos es necesario seguir un conducto regular con el fin de generar estrategias para propiciar soluciones.

      EL DEBIDO PROCESO Es el conjunto de mecanismos preestablecidos para garantizar a los estudiantes infractores de las normas contenidas en el Acuerdo de Convivencia que sean investigados y sancionados conforme a los precitados procesos, por lo tanto; no habrá lugar a sanción alguna sin haber agotado previamente el procedimiento correspondiente.

      PARÁGRAFO 1: Para evaluar una situación de formación, comportamiento o académica, se tienen en cuenta los siguientes criterios:

      1. Claridad en las circunstancias

      2. Análisis y revisión del Proceso

      3. Aplicación de los procedimientos

       

      PARÁGRAFO 2: En todos los procesos de corrección se tienen en cuenta los siguientes parámetros.

      1. LLAMADO DE ATENCIÓN. Diálogo y Compromiso Verbal.

      2. LLAMADO DE ATENCIÓN ESCRITO en el Proceso Formativo. Una vez incurra el estudiante en la falta, el Docente o Directivo Docente que conozca en primera instancia, deberá dejar la correspondiente anotación en el observador del alumno, en la plataforma institucional. El Estudiante debe ser escuchado de manera previa y su VERSIÓN debe ser tenida en cuenta al momento de decidir sobre las medidas pedagógicas que deben adoptarse.

      3. CITACIÓN Y NOTIFICACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA El simple hecho que el docente, coordinador o rector envié la comunicación por la plataforma se entiende por notificado el acudiente.

      4. ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE CARÁCTER CORRECTIVO DISUASIVO: Teniendo en cuenta la falta y los antecedentes disciplinarios del alumno, se adoptarán las medidas correspondientes de carácter disuasivo o correctivo, las cuales deberán ser notificadas tanto al Alumno como a su Acudiente.

      5. LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS: Se aplica al no observarse un cambio de actitud favorable en el estudiante o ante una falta grave. La suspensión abarcará de 1 a 10 horas según lo amerite el caso y será suspendido únicamente de la asignatura donde se presentó la falta.  Las actividades académicas realizadas durante los días de suspensión no serán recuperables y es deber del estudiante adelantarse en los temas que dejo de ver. Este procedimiento se debe registrar en el observador del alumno y debe ser notificado al padre de familia y/o acudiente.

      6. COMPROMISO DE MATRICULA ACADÉMICA Y/O DISCIPLINARIO: Al finalizar o en el transcurso del año escolar por recomendación de la Comisión de Evaluación y Promoción o durante el desarrollo del año lectivo, se ordenará suscribir COMPROMISO DE MATRICULA ACADÉMICO Y/O DISCIPLINARIO, a los estudiantes que han presentado serias dificultades académicas y/o de comportamiento; en esta circunstancia se establece un compromiso escrito especificando las fallas presentadas y la exigencia de superación, de no observarse un cambio de actitud favorable se procederá a CANCELAR LA MATRICULA.

      7. DESESCOLARIZACIÓN: Esta medida se aplica cuando al evaluar el proceso se comprueba que el estudiante por su actitud permanente interfiere negativamente en el ambiente académico o de disciplina. El estudiante desescolarizado continúa con proceso académico especial siguiendo un cronograma de actividades acordado por los Profesores y la Coordinación (Rectoria). Esta medida debe ser ratificada por el Consejo Académico y los Padres de Familia / acudientes serán debidamente informados sobre la situación, la medida conlleva la negación del cupo para el año siguiente. (Solo se aplica en el cuarto periodo)

      8. CANCELACIÓN DE MATRICULA: Agotadas las instancias del proceso de formación del Estudiante y cuando el caso así lo requiera se cancelará la matrícula mediante Resolución Rectoral, la cual será comunicada a los Padres de Familia y/o Acudiente.

      PARÁGRAFO 1: Toda decisión de suspensión de clase o de exclusión de Colegio del Alumno, debe ser comunicada por escrito en la plataforma académica.

      Contra las medidas de COMPROMISO DE MATRICULA ACADÉMICO Y/O DISCIPLINARIO, adoptadas por Resolución Rectoral procede únicamente el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse dentro del término de tres (3) días contados a partir de la fecha de notificación.

      Una vez resuelto el recurso o vencido el plazo para recurrir sin que se hubiere hecho uso de él, la decisión adoptada quedará en firme.

      En el evento de presentarse el recurso de reposición se convocará en un término máximo de ocho (8) días hábiles, siempre que no coincida con periodo de vacaciones, Se debe esperar a la creación de un nuevo Consejo Directivo para estudiar el recurso interpuesto y decidir la confirmación o revocación de la decisión.

       

       

      REQUISITOS DEL RECURSO DE REPOSICIÓN:

       

      1. Siempre debe presentarse por escrito.

      2. El término para interponer el recurso es de tres (3) días hábiles, siguientes a la notificación del contenido de la resolución.

      3. Los hechos que sustenten el recurso deberán plasmarse en forma respetuosa, de lo contrario no serán valorados.

       

      La decisión adoptada por el Consejo Directivo respecto del recurso de reposición será respaldada por la expedición de una nueva Resolución Rectora para la cual no procederá recurso alguno y se notificará al alumno y a sus padres / acudiente autorizado.

       

      PARÁGRAFO 2: CAUSALES PARA LA CANCELACIÓN DE MATRICULA

      1. Todo comportamiento que vaya contra la filosofía y principios de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA de San Gil.

      2. Presentar documentos falsos para ingresar a la institución.

      3. Faltar al respeto con acciones que atenten contra la dignidad de cualquier miembro de la Comunidad educativa.

      4. Sustraer, adulterar o falsificar cualquier documento del Colegio.

      5. Reincidir en la apropiación de lo ajeno.

      6. Porte, uso, distribución, consumo o incitación al consumo de bebidas alcohólicas, cigarrillos, alucinógenos sustancias psicoactivos o similares.

      7. La reincidencia en la destrucción intencional de bienes pertenecientes a la institución o a cualquiera de sus miembros.

      8. El porte o uso de armas o implementos que atenten contra la integridad física de las personas.

      9. La reincidencia en faltas de comportamiento posteriores a la firma de compromiso de Matrícula de Ayuda y Seguimiento. (incumplimiento de los acuerdos para mejorar su comportamiento y su nivel académico)

      10. Agresión física o verbal a un docente o directivo de la institución.

      11. El no pago de los compromisos financieros, atraso en dos meses de costos educativos.

        

      PARÁGRAFO 3: Causales de Exoneración: se consideran como causales de exoneración de la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y, por ende, en la sanción a imponer, las siguientes:

        • Haber sido inducido y obligado por un superior a cometer la falta.

        • Haber actuado por motivaciones e intenciones nobles o altruistas.

       

      PARÁGRAFO 4. La exoneración de la sanción no exime al estudiante de asumir los gastos ocasionados por su conducta.

       

      ACCIONES PEDAGÓGICAS DE CARÁCTER PERSUASIVO, CORRECTIVO Y REEDUCATIVO

       

       

       

      ARTÍCULO 32: FALTAS DE URBANIDAD:

      Cuando el alumno comete faltas como: Irrespetar a cualquier miembro de la comunidad, vocabulario soez y descomedido, rayar paredes, pupitres y demás bienes de la Institución.

      1. Realizar charlas alusivas al buen trato.

      2. Realizar carteleras sobre urbanidad.

      3. Reparar el daño ocasionado.

      4. Citar al padre de familia cuando hay reincidencia.

       

      ARTÍCULO 33: REMISIÓN A PROGRAMACIÓN DE ORIENTACIÓN.

      A todo alumno que se haya citado al padre de familia por haber cometido faltas, se debe remitir a programas especiales de psicorientación. Cuando encontramos casos especiales de agresividad, aislamiento, hiperactividad, dificultades de aprendizaje, entre otras. Se debe remitir a las autoridades competentes.

      ARTÍCULO 34: CAUSALES PARA LA PÉRDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE

      1. Cancelación voluntaria de la matrícula

      2. Inasistencia habitual injustificada a clase, según Decreto 1860 Art. 53.

      3. Exclusión de la Institución ordenada mediante Resolución de Rectoría

      4. Presentar documentos falsos o cometer fraude al momento de la matrícula o para resolver otra situación de la vida escolar.

      5. Cuando el alumno obtuviere un desempeño bajo o su equivalente en el promedio definitivo de comportamiento.

       

       

       

      CAPITULO VII

      DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

       

       

      El organigrama de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA se encuentra organizado y estructurado en un diagrama circular debido a que todos los organismos que participan en el gobierno escolar de la institución poseen igualdad de derechos y oportunidades para intervenir en la toma de decisiones, solución de problemas y búsqueda de estrategias pedagógicas que conlleven al mejoramiento de la calidad educativa de la institución y en general a elevar las condiciones de vida de cada uno de los miembros que integran la comunidad educativa

      Además los diferentes organismos de participación como: el consejo directivo , el consejo académico, el personero estudiantil y el consejo de estudiantes se encuentran estructurados en pequeños círculos entrelazados   lo cual indica que son ínter independientes, por que desempeñan funciones complementarias todas enfocadas hacia el logro de los objetivos generales de la educación y de los objetivos planteados por la constitución como son: la junta departamental de educación, la secretaria de educación departamental,  instituciones educativas locales y sectores productivos..

      Todos estos organismos contribuyen no solo al mejoramiento educativo de la institución sino también al del sistema educativo nacional ya que estos son los encargados de proponer los cambios e innovaciones curriculares y pedagógicas para ver en el proceso de enseñanza aprendizaje un acto de permanente y continua búsqueda de la verdad y la construcción de sus propios saberes proyectados hacia la transformación del contexto, en el cual se desenvuelvan los estudiantes.

       

      CAPITULO IX

      REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES.

       

      ARTÍCULO 35: CONSEJO DE ESTUDIANTES:

      Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de participación de los estudiantes.  El representante de cada curso se elegirá bajo la orientación del profesor director de grupo y formará parte del consejo estudiantil.  Además del personero y personerito estudiantil, el contralor y el representante al Consejo Directivo.

      ARTÍCULO 36: FUNCIONES:

      1. Darse su propia organización interna, sus reuniones   serán presididas por el representante estudiantil como presidente y el personero como fiscal.

      2. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presentan iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

      3. Presentar a través de su mesa directiva, en forma escrita en la tercera semana siguiente a su formación los planes y cronogramas de actividades a rectoría para su ubicación en el planeamiento institucional.

      4. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Pacto de convivencia.

       

      ARTÍCULO 37: EL PERSONERO y PERSONERITO ESTUDIANTIL:  

      Según el artículo 28 del decreto 1860 de 1994, el Personero será un estudiante del último grado que ofrece la institución, en el caso del personerito es elegido por los alumnos de primaria y este debe ser del grado quinto.  Estos serán los encargados de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes, los reglamentos y el Pacto de convivencia del colegio. Participa de manera directa en el consejo estudiantil, y desempeña una función muy importante como la de promover la identidad, compromiso y participación de todos en el proceso educativo y las funciones que le determina el decreto 1860, a través de las diferentes campañas y proyectos comunitarios.

       

       

       

      ARTÍCULO 38: FUNCIONES:  

        • Es el encargado de promover la identidad, compromiso y participación de todos en el proceso educativo, a través de diferentes campañas y proyectos comunitarios.

        • Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá organizar foros u otras formas de deliberación; utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento; pedir la colaboración del consejo de estudiantes y comité de conciliación.

        • Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

        • Presentar ante el rector las solicitudes o peticiones, para proteger los derechos de los educandos.

        • Cuando lo considere necesario, apelar ante el consejo directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector a las peticiones presentadas por su intermediario.

        • Organizar grupos de estudio para mejorar rendimiento académico de los estudiantes.

        • Velar por mantener informada a la coordinación académica sobre las inconsistencias en los casos extremos de disciplina.

        • Llevar por escrito un seguimiento de su labor realizada.

        • Participar en la designación de estímulos institucionales.

        • Sobresalir por su espíritu conciliador en la solución de conflictos

        • Sobresalir por su liderazgo.

       

      PARÁGRAFO 1: Si el estudiante elegido como personero, no cumple con su plan de gobierno y/o funciones, se procederá a la revocatoria de su mandato.

      ARTÍCULO 39: CONTRALORÍA ESCOLAR:

      La Contraloría Escolar será la Encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, como mecanismo de promoción y fortalecimiento del control social en la gestión educativa y espacio de participación de los estudiantes, con el fin de fomentar la transparencia en el manejo de los recursos públicos. Velará porque los programas y proyectos públicos como los Fondos de Servicio Educativo, Restaurantes Escolares, Tienda Escolar, Proyectos Ambientales y Recreativos, Obras de Infraestructura de la respectiva institución educativa y de su entorno cumplan con el objetivo propuesto.

      OBJETIVOS DE LA CONTRALORÍA ESCOLAR:

       

      a)  Incrementar las competencias de los estamentos estudiantiles en el ejercicio del control social sobre la gestión de recursos destinados a la educación.

      b)  Lograr el reconocimiento de los jóvenes como actores de la cultura política, cívica, social y en el ejercicio del control fiscal.

      c)  Contribuir a la eficacia de la transparencia en la gestión educativa en el manejo de los recursos públicos.

      d) Generar una cultura participativa e incluyente en la gestión educativa.

       

       

      CAPITULO X

      PROCESO DE ELECCIÓN DE ESTUDIANTES AL GOBIERNO ESCOLAR

       

      ARTÍCULO 40: CONFORMACIÓN:

      El gobierno escolar deberá estar conformado dentro de los primeros sesenta días del calendario, siguientes a la iniciación de clases de cada período de cada año lectivo.  El departamento de Ciencias Sociales será el encargado de organizar, programar y evaluar dicho proceso.

       

      ARTÍCULO 41: COMITÉ ELECTORAL:

      Será el que organice el proceso electoral, garantice la transparencia del sufragio y fije las condiciones y procedimientos para las elecciones.  Estará conformado por:

      • Un representante de los estudiantes

      • Un Representante de los docentes

      • Un representante del área de Ciencias Sociales

      • El rector.

       

      ARTÍCULO 42: FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL:

      1. Organizar las elecciones del personero y del representante de los estudiantes por curso al consejo de estudiantes.

      2. Recibir las inscripciones de los candidatos.

      3. Diseñar formularios de inscripción y tarjetones de los candidatos y delegados. O en su defecto crear un software para las elecciones.

      4. Delegar funciones a los estudiantes que ejercen como delegados electorales.

      5. Trazar el cronograma de elecciones, los reglamentos y las pautas para garantizar el sufragio y proporcionar espacios para presentar a los candidatos, con su respectivo plan de gobierno.

      6. Designar como jurado de votación al director de grupo de cada uno de los cursos.

      7. Realizar escrutinios.

      8. Levantar un acta firmada por los integrantes del comité electoral.

       

      ARTÍCULO 43: PROCESO DE INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS:

        1. El candidato a personero deberá presentar su formulario y plan de gobierno por escrito ante el comité electoral quien recibirá su inscripción y verificará los requisitos consignados en el presente Pacto.

        2. El personero se elegirá en una jornada con la participación de todos los estudiantes.

       

      ARTÍCULO 44: REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS.

      • Ser estudiante regular matriculado para el año lectivo correspondiente.

      • Inscribir candidatura ante el Comité Electoral.

      • Cumplir el perfil de estudiante de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA.

      • Los candidatos deberán tener una antigüedad mínima de Dos años en el colegio con el fin, de que se haya apropiado de la identidad con los valores promulgados por el mismo.

      • Para el caso el personero y contralor además de lo anterior, debe cursar el último año que ofrezca la institución.

      • Destacarse por su buen comportamiento y rendimiento académico.

       

      ARTÍCULO 45: PERFIL DE LOS CANDIDATOS:

      El siguiente es el perfil que debe cumplir cada uno de los candidatos a ser representante de curso, personero y contralor.

      • Estar vinculado a la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA con una antigüedad mínima de dos años.  Esto nos garantiza contar con jóvenes que se hayan apropiado e identificado con la filosofía y los valores del colegio.

      • Que sea ejemplo de vida por su presentación personal, su dinamismo, su alegría, sus buenos modales y su comportamiento apropiado y un comportamiento académico excelente.

      • Demostrar responsabilidad en todas las actividades en las cuales participe o con las cuales se comprometa.

      • Que manifieste siempre una actitud positiva frente a las diversas actividades.

      • Tener capacidad de liderazgo.

      • Caracterizarse por sus excelentes relaciones humanas

      • Ser tolerante, abierto al diálogo y con excelente capacidad de comunicación.

      • Que se comprometa en la búsqueda del bienestar de los integrantes de la comunidad de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA.

       

       

      ARTÍCULO 46: ELECCIONES:

      • Los candidatos por curso al consejo estudiantil se elegirán en cada caso con la asesoría directa de los directores de grupo.

      • Para las elecciones de personero y representante al consejo estudiantil. El segundo en votación en la elección de personero será el representante al consejo estudiantil.  y el personero, será el representante de los estudiantes al consejo directivo.

      Los candidatos presentarán sus programas a la comunidad estudiantil y realizarán

      campañas para darlos a conocer.

      • El día de la jornada electoral se dispondrá de las aulas necesarias en las cuales estarán ubicados con su director de grupo el cual tendrá la orientación sobre la manera de ejercer el derecho al voto.

      • Para poder ejercer el derecho al voto y enriquecer el ejercicio de los estudiantes, deberán estar a paz y salvo en los costos educativos.

       

       

      ARTÍCULO 47: ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA:

      La asociación de padres de familia es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento.  Esta asociación está representada por un acudiente de cada grado, el cual es elegido en la primera reunión general de padres de familia.

       

      ARTÍCULO 48: PROMOCIÓN ANTICIPADA:

      Solo se podrá solicitar durante el primer periodo académico. El padre de familia podrá solicitar por escrito la promoción anticipada de un estudiante al consejo académico, quien estudiará la solicitud y en caso de ser positiva recomendará la promoción anticipada ante el Consejo Directivo, para tomar la decisión final, la cual quedará consignada en el acta y en el registro escolar del educando, si es positiva. Debe cumplir con los siguientes requisitos:

      • El alumno debe haber obtenido en todas las asignaturas, áreas y en comportamiento un juicio valorativo como mínimo de “DESEMPEÑO ALTO”.

      • Realizar una evaluación de las materias básicas (Matematicas, español, sociales, ciencias naturales e inglés) y aprobar esta evaluación sobre 3.8

      • Pagar el 100% del valor de la pensión actual para ser matriculado en el siguiente grado.

       

      ARTÍCULO 49: COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

       

      Por su parte, en cada institución educativa se integrará un comité escolar de convivencia que será conformado por el rector del establecimiento, el personero estudiantil, el docente con función de orientador, el coordinador académico, el presidente del consejo de padres de familia, el presidente del consejo de estudiantes y un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

      Sus funciones son:

      1.  Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

      2.  Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

      3.  Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

      4.  Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

      5.  Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

      6.  Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

      7.  Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

      8.  Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

       

      ARTÍCULO 50: RESPONSABILIDADES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS

      1.  Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

      2.  Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 Y 13 de la presente Ley.

      3.  Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.

      4.  Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

      5.  Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.

      6.  Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

      7.  Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

      8.  Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

      9.  Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

       

       Responsabilidades de los directivos o rectores:

       

      1.  Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la Ley.

      2.  Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

      3.  Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

      4.  Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

       

      ARTÍCULO 51: RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES

       

      1.  Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.

      2.  Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

      3.  Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

      4.  Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

      5.  Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. Responsabilidades de la familia

      1.  Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

      2.  Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

      3.  Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

      4.  Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.

      5.  Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus alumnos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

      6.  Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia.

      7.  Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo.

      8.  Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.

       

      ARTÍCULO 52: PROTOCOLOS    DE LA RUTA DE ATENCIÓN    INTEGRAL   PARA LA CONVIVENCIA    ESCOLAR:

       

      La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones   que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia.   Los protocolos y procedimientos   de la ruta de atención integral deberán considerar como mínimo los siguientes procesos o pasos:

       

      1. Puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes del Colegio involucrados.

      2. Reunión del comité de convivencia escolar, quien analizará el tipo de situación: I, II o III y seguir el procedimiento a seguir según lo determinado en el presente manual

      3. Tratamiento: Se debe reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica (mediante el diálogo, la concertación, la responsabilidad y el compromiso); para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento. de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo

      4. Búsqueda de las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos.

      5. Levantamiento y firma de las respectivas actas e informes.

      6. Garantía de la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.

       

      Parágrafo 1. Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes del establecimiento   educativo  en los niveles  de preescolar,  básica  y media  que no puedan  ser resueltas  por las vías que establece  el presente  manual  de convivencia   y se requiera  de la intervención   de otras entidades o    instancias,  serán trasladadas a través  del comité  escolar de convivencia escolar  al comité  municipal  de convivencia   escolar  y/o a las autoridades competentes   (ICBF,  la Comisaría  de Familia,  la Personería  Municipal, la Policía de Infancia  y Adolescencia,   según corresponda).

       

      Parágrafo 2. Las situaciones clasificadas como tipo I y II se atenderán y sancionarán en la Institución según los procedimientos establecidos en el presente manual y la de tipo III además de la remisión al comité municipal de convivencia escolar se procederá según   lo establecido para las faltas graves.

       

      ARTÍCULO 53. ACCIONES DEL COMPONENTE DE PROMOCIÓN DE LA NORMA:

      En nuestra institución educativa se implementan las siguientes:

      • El comité de convivencia escolar, junto con la coordinación de convivencia y la sicóloga de la institución ajustarán sus planes de acompañamiento y diseño talleres periódicos para ser trabajados en las direcciones de grupo en los cuales se desarrollan actividades de estudio, conocimiento, y asimilación de la ley 1620 de 2013 y sus alcances en los temas que tienen que ver con; Convivencia escolar, tolerancia, convivencia ciudadana , formación para el ejercicio de los derechos humanos, educación para la sexualidad y prevención de la violencia escolar.

      • Adicionalmente se brindará orientación permanente a los docentes y un grupo de líderes estudiantiles que ejercerán las funciones de mediadores en la resolución de conflictos.

       

      ARTÍCULO 54. ACCIONES DEL COMPONENTE DE PREVENCIÓN DE LA NORMA:

      • La Coordinación de convivencia, y el comité de convivencia escolar articulan un plan de trabajo a través de talleres adelantados desde la dirección de grupo en los cuales se desarrollan temáticas especificas orientadas a: fomentar el respeto por los derechos y los deberes de los conformantes de la comunidad educativa.

      • Se fortalece el proyecto de educación sexual, desarrollado desde preescolar hasta grado undécimo con temáticas graduales que orientan a los estudiantes dentro de la cultura del respeto y conocimiento de la sexualidad y la prevención del embarazo en adolescentes.

      • Se fortalece el comité estudiantil con los representantes de cada grupo para la identificación de posibles situaciones y contribuir la resolución pacífica, concertada y dialogada del conflicto para minimizar la violencia escolar.

      • Fortalecimiento de la escuela de padres (talleres) para que desde el núcleo del hogar de nuestros estudiantes se generen actitudes de respeto, tolerancia y concertación. Estos talleres trabajaran temas específicos de sexualidad sana y responsable, disminución de la agresividad, dialogo y acuerdos.

      • Diseño e implementación de un proyecto transversal con miras a la inclusión y desarrollo de las competencias ciudadanas y de temas pertinentes con la formación integral y la convivencia escolar enmarcada en la vivencia de los valores humanos.

      • La identificación   de los riesgos  de ocurrencia  de las situaciones   más comunes que afectan  la convivencia  escolar  y el ejercicio  de los derechos  humanos,  sexuales  y reproductivos,   a partir de las particularidades   del clima  escolar  y del análisis  de las características  familiares,  sociales,  políticas,  económicas  y culturales  externas, que inciden en las relaciones  interpersonales   de la comunidad  educativa,  de acuerdo  con lo establecido  en el numeral  5 del artículo  17 de la Ley 1620 de 2013.

      • Fortalecimiento   de las acciones que contribuyen a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar (charlas, talleres, etc.) y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; identificados a partir de las particularidades mencionadas anteriormente   a través de fortalecimiento, apropiación y vivencia de los valores institucionales.

       

      ARTICULO   55: CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES.

       

      SITUACIONES TIPO I:

      Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

      SITUACIONES TIPO II:

      Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

        1. Que se presenten de manera repetida o sistemática.

        2. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

      SITUACIONES TIPO III:

      Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

      ARTÍCULO 56. DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I.

      Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo 1, a que se refiere el numeral 1 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

      1.  Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo.

      2.  Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia

      3.  Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente Decreto.

       

      Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los términos fijados en el manual de convivencia.

       

      ARTÍCULO 57. DE LOS PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II.

      Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las Situaciones tipo II, a que se refiere el numeral 2 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

      1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

      2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia.

      3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

      4. Informar de manera inmediata a los padres. madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia.

      5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

      6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

      7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del presente Decreto.

      8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

      9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

       

      PARÁGRAFO. Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el presente Decreto.

       

      ARTÍCULO 58. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III.:

      Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III a que se refiere el numeral 3 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

      1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

      2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.

      3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

      4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.

      5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.

      6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

      7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

      8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

       

       

      ARTÍCULO  59. DEFINICIONES:

      Para efectos del presente manual y según el decreto 1965 de2013 se definen e incorporan los siguientes términos:

      • CONFLICTOS. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

      • CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

      • AGRESIÓN ESCOLAR. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

      • AGRESIÓN FÍSICA. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

      • AGRESIÓN VERBAL. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

      • AGRESIÓN GESTUAL: Es toda acción que busca con los gestos degrada, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

      • AGRESIÓN RELACIONAL: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen, Incluyen excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otro.

      • AGRESIÓN ELECTRÓNICA: Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos a través de las redes sociales.

      • ACOSO ESCOLAR (BULLYING): Es toda conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos en contra de un niño, niña o adolescente.

      • VIOLENCIA SEXUAL: Es todo acto o comportamiento de tipo sexual contra niños, niñas y adolescentes, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física. Aprovechando las condiciones de indefensión de los menores.

      • RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de la dignidad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

       

       

      ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

      La INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA con el ánimo de mejorar el desempeño de sus estudiantes promueve las siguientes acciones:

      • Mantener una comunicación directa y constante con padres de familia, vía telefónica, comunicación escrita (página institucional) o correo electrónico, para evitar dejar para última hora buscar solución a las dificultades que se puedan presentar a los educandos.

      • Reuniones programadas y establecidas en el cronograma de actividades académicas, ubicadas a la mitad del período para compartir con los padres de familia el rendimiento académico y el comportamental de los educandos.

      • Una semana dedicada solo a los Alumnos que presentan dificultades académicas al finalizar cada período, según calendario publicado por la Coordinación y/o rectoría.

      • Jornadas de refuerzo y superación a través de talleres propuestos por los docentes a los estudiantes.

       

      NOTA. La semana de refuerzos en la cual están los alumnos con dificultades académicas, esa semana será de receso (Premio) para los Alumnos que durante el periodo no tengan materias con desempeño bajo.

      BIENESTAR DE LOS ALUMNOS.

       

      Para garantizar el bienestar de los alumnos la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA, primero que todo garantizara los derechos que tiene cada alumno ante la ley y nuestra institución (Manual de convivencia o pacto de convivencia), de igual forma la institución se compromete a mantener los siguientes servicios para garantizar su bienestar:

      1. Cafetería escolar

      2. Comedor Escolar para ofrecer el servicio de almuerzo

      3. Servicio de Lonchera

      4. Servicio de elaboración de tareas guiadas por los docentes de la institución, por tal motivo no habrá tareas para la casa. Se convierte este ejercicio académico en una función netamente escolar y se deja ese espacio al padre de familia para que comparta más con ellos.

      5. Servicio de psico-orientadora

      6. Servicio de primeros auxilios, la institución capacitará en primeros auxilios a los docentes ya alumnos que hacen parte del comité de emergencia para reaccionan en caso de emergencia y llegado el caso preparar a los involucrados para ser trasladados a la clínica más cercana.

      7. Seguro escolar.

      8. Se premiará al finalizar cada periodo a los 3 mejores alumnos de cada salón, con diferentes actividades.

       

      MANEJO DE CONFLICTOS Y CASOS DIFÍCILES

       

      En el manual de convivencia escolar de nuestra INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA a partir del Artículo 41, se desarrolla los protocolos    de la ruta de atención    integral   para la convivencia escolar y está plasmado los diferentes tipos de situaciones: I, II o III que pueden suceder y los procedimientos a seguir en cada uno de ellos.

       

      RELACIONES CON EL ENTORNO

       

      RELACIÓN CON PADRES DE FAMILIA

       
      La INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA mantendrá una continua relación y comunicación con los padres de familia, en el cronograma de actividades y en los horarios de clase estarán los días y las horas en las cuales la institución educativa convoca a todos los padres de familia y cuando pueden ellos presentarse a la institución a dialogar con un docente determinado.

       

      Esta comunicación será continua porque lo que se persigue es que los padres de familia hagan parte de la formación de cada uno de sus hijos y no los abandonen una vez los matriculen.

       

      Como estrategia para evaluar la responsabilidad del padre de familia a las comunicaciones y a la responsabilidad que adquiere al matricular su hijo en nuestra institución, en el BOLETÍN aparecerá una nota que calificará al padre de familia en el cumplimiento de su responsabilidad.

       

      AUTORIDADES EDUCATIVAS

      La Institución tendrá unas autoridades educativas conformadas por los siguientes órganos como lo determina la ley, así:

      1. El Rector

      2. El Consejo Directivo

      3. El Consejo Académico

      4. Consejo estudiantil

      5. Comité de convivencia

      6. Personero y personerito estudiantil

      7. Contralor Estudiantil

      8. Asamblea de padres de familia

       

      En el presente documento en el artículo 47 se encuentra relacionado su conformación y sus funciones de acuerdo con la ley.

      OTRAS INSTITUCIONES

      Nuestra institución educativa tendrá como estrategia invitar y asistir a las diferentes instituciones para promover entre otras lo siguiente:

      1. Actividades culturales

      2. Actividades deportivas

      3. Olimpiadas académicas

       

      SECTOR PRODUCTIVO

      Dentro de nuestras prioridades está en vincular al sector productivo en nuestra INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA ESPERANZA, con el fin de poder involucrar en nuestras diferentes actividades culturales y deportivas, para que evidencien los alcances y el trabajo que realiza nuestra institución en pro de la comunidad.  Como estrategia académica nos sirve poder tener lazos solidos con este sector, ya que podemos realizar convenios institucionales, como los siguientes:

      1. Inversión de sus recursos en implementación tecnológica o en infraestructura ya que el gobierno tiene unos descuentos para las empresas que apoyen el sector educativo.

      2. Mediante convenio solicitar el trabajo social de nuestros educandos.

      3. Poder realizar convenios con el sector productivo para el desarrollo de la práctica comercial si es el caso.

      4. Utilizar el instituto técnico laboral de nuestra institución, para que nuestros educandos tengan doble titulación.

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